
Luego de que el Intendente afirmara que un juzgado de Faltas bajó una multa de 1.300.000 pesos a 726, desde la Secretaría de Planeamiento Municipal sostienen que se trata de un problema histórico que impide poner freno a las falencias empresarias.
En un contexto de incertidumbre en torno al crecimiento edilicio de la ciudad y tras conocerse los reiterados casos de derrumbes parciales de obras en construcción, desde la Comuna insisten en focalizar las responsabilidades en distintos órganos competentes.
Luego de que el intendente Fabián Ríos informara que se intentó aplicar una multa millonaria a una empresa, por la construcción en un edificio de dos pisos extras, no autorizados, y que esta sanción habría sido rebajada a un monto insólito por parte de un juzgado de Faltas, ahora desde la Secretaría de Planeamiento Comunal sostienen que se trata de un problema de vieja data, que impide modificar el comportamiento de los privados.
El lunes época dio a conocer las declaraciones de Ríos: “En poco tiempo vamos a estar haciendo una presentación por una multa que fue planteada por Obras Particulares por la construcción de dos pisos de más por parte de los mismos responsables de la construcción de la obra por San Martín al 600 a través de la estructura de un fideicomiso.
Obras Particulares consideró la multa de acuerdo al código vigente que alcanzaba alrededor de 1.300.000 pesos y una juez de Faltas la bajó a 726 pesos”.
Así planteada esta situación se abre una serie de interrogantes en cuanto a si se trata de una práctica continua por parte de la Justicia Faltas o un caso aislado que amerita una sanción específica hacia el magistrado, teniendo en cuenta la veracidad de las pruebas que pueda exponer la Comuna.
No obstante ello, Daniel Bedrán, titular de Planeamiento municipal, y en ejercicio de las funciones en el área durante la gestión del ex intendente Carlos Mauricio Espínola, ratificó: “Es un problema histórico. En otro caso, hemos considerado aplicar una multa de 250 mil pesos y se les cobró (a los responsables de la obra) cinco mil”.
‘No es una novedad, de hecho es una consecuencia de las modificaciones realizadas a ordenanzas, ya que el régimen no era suficiente para desalentar la contravención. La Ordenanza 5689 de 2012, lo que hace es unificar en un único cuerpo normativo sanciones en el código de planeamiento. Así, se derogan algunos artículos de la 2081 que aplicaban los jueces y era irrisoria, teniendo en cuenta que no tenían relación con las nuevas obras que se ejecutaban en la ciudad, con relación al valor en metros cuadrados de los edificios‘, reseñó el funcionario, al tiempo que recalcó: “En el caso de la Ordenanza 4304 que estaba en vigencia y no se aplicaba, era la más vigente que teníamos, un antecedente que se creó en 2006, pero la pusimos en vigencia recién en 2010. Y de hecho, nos trajo problemas porque (los jueces de Faltas) no la aplicaban. Pero como no tenemos potestad, labrábamos las multas y los jueces aplicaban su criterio”.
Y finalizó: “En 2011, presenté un escrito a un juez, por una situación parecida a la que sucedió ahora, porque había una doble imposición”.
Miércoles, 8 de enero de 2014