
La Corte provincial declaró inadmisible el recurso de avocamiento planteado por Cambio Popular, y se confirma el aval de la Cámara a la re-re del intendente saladeño.
Ahora deberá tratar un pedido del FPV por los otros 18 candidatos que van por su tercer mandato, y de aceptar, deberá tratar el fondo de la cuestión.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió declarar inadmisible el pedido de per saltum planteado por Pablo Gustavo González, candidato a intendente de Saladas por la Alianza Cambio Popular (Capo), quedando firme lo resuelto por la Cámara Electoral a favor a la re-re de Daniel Alterats (FPV).
Los ministros Carlos Rubín, Guillermo Horacio Semhan y Alejandro Alberto Chaín tomaron la decisión de rechazar el salto de instancia solicitado por el postulante de Cambio Popular por considerarlo contradictorio.
Lo hicieron argumentando que la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Ad-ministrativo y Electoral ya se pronunció sobre el reconocimiento de personería jurídico política para las autoridades municipales de Saladas.
“Esa sentencia -la N° 16- fue elevada el 15 de agosto pasado al STJ, solicitando sea publicada como fallo plenario, lo que se realizó ese mismo día. En ese fallo, y con certificación de la Secretaría de Cámara, se expresó que el plazo para recurrir la resolución N° 16 se hallaba vencido, “sin que se hubiera planteado contra la misma recurso alguno”, aseguraron los integrantes de la Corte provincial, además de resaltar que en este caso el recurrente solicitó realizar un salto de instancia, “sin saltar ninguna ni haber opuesto ningún recurso”.
Al respecto, subrayaron que “es fundamental que exista una instancia a saltar, de otra manera el litigante deberá atenerse al trámite de los recursos previstos en la ley procesal y hacer uso de ellos”.
En definitiva, el STJ puso énfasis en que no es procedente un avocamiento o per saltum, en virtud de que no hay instancia por saltar, puesto que la Cámara Electoral se expidió y corrieron los plazos para la apelación. Lo que confirma -sin otra vía judicial posible- que la candidatura testigo de Daniel Alterats está firme, y el jefe comunal kirchnerista irá por su tercer mandato.
De fondo
Fuentes judiciales aclararon que la decisión del STJ sigue siendo de forma, y todavía no trató la cuestión de fondo respecto a si es constitucional o no la re-re de los intendentes.
Todo dependería de la postura que asuman los integrantes de la Corte provincial respecto al pedido de avocamiento realizado por el FPV, en relación a las otras 18 postulaciones a reelección.
En este caso, la jueza electoral en primera instancia, María Eugenia Herrero, se alineó a lo resuelto por la Cámara, que avaló un tercer mandato de Alterats, y por ende cabría la posibilidad del per saltum. De aceptarse, entonces se deberá analizar si corresponde la re-re en virtud de la reforma de la Constitución Provincial del 2007.
Miércoles, 21 de agosto de 2013