El senador Sergio Flinta impulsa la creación del colegio de nutricionistas y licenciados en nutrición. “La tendencia actual se proyecta a favor de la creación de Colegios Públicos, no solo para procurar la defensa de los derechos de los profesionales que nuclea, sino también para definir sus obligaciones y responsabilidades frente a la sociedad” dijo el legislador.
Actualmente, funciona el Colegio de Nutricionistas y Licenciados en Nutrición de la Provincia de Corrientes, una entidad sin fines de lucro nucleando a los profesionales Dietistas y Nutricionistas sin control de la Matricula. Este colegio tiene jurisdicción exclusivamente en la Provincia de Corrientes.
“Es necesario tener un marco de referencia cuya obligatoriedad deriva de la Ley y no de conductas personales de manera de lograr un avance que garantice el libre ejercicio profesional y la seguridad de aquellos que requieren sus servicios” explicó el senador Sergio Flinta.
“La tendencia actual se proyecta a favor de la creación de Colegios Públicos, no solo para procurar la defensa de los derechos de los profesionales que nuclea, sino también para definir sus obligaciones y responsabilidades frente a la sociedad” explicó.
“Es necesario que quienes ejerzan la profesión tengan una matricula con toda la responsabilidad que ello implica” sostuvo el legislador.
En el articulo tercero del proyecto se expresa que el colegio estará integrado obligatoriamente por todos los profesionales universitarios dietistas; nutricionistas - dietistas; nutricionistas; y licenciados en nutrición, que deberán cumplir con los siguientes requisitos, para tener derecho a la inscripción de la matrícula: a) Poseer título universitario habilitante otorgado por Universidades Nacionales, Provinciales, públicas o privadas del país o del extranjero, en este último supuesto, revalidado en la República Argentina en la forma que establece la legislación vigente; b) Fijar domicilio real o profesional dentro del territorio de la provincia para el ejercicio de la profesión; c) Acreditar buena conducta de conformidad con lo que determinen los reglamentos que a tales efectos se dicten; d) Acreditar la identidad personal y registrar la firma; y e) No estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión.
Los graduados en ciencias de la nutrición, de tránsito en el país, contratados por instituciones públicas o privadas con fines de investigación, asesoramiento o docencia, deberán acreditar idénticas condiciones que las exigidas para los Profesionales residentes, a excepción de la inscripción en la matricula respectiva.
Viernes, 14 de noviembre de 2014