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Se tramitan cinco casos de cambio de género en Corrientes
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Martes, 26 de junio de 2012

Luego de la aprobación de la Ley de Identidad de Género, ya se está tramitando el cambio a personas del sexo masculino para pasar al género opuesto.


El trámite para este cambio es muy sencillo y no tarda mucho tiempo, explicó el Director del Registro Civil de Corrientes, Marcos Amarilla.

Tras la promulgación, el pasado 9 de mayo, de la Ley de Identidad de Género que establece que toda persona "tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género tal como la siente", corresponda o no con "el sexo asignado al nacer", cinco personas ya solicitaron su cambio de género en Corrientes.

“Ni bien se dio a conocer la sanción de la Ley de Identidad de Género, se presentaron estas cinco personas de Corrientes de las cuales una de ellas nació acá pero reside actualmente en Posadas (Misiones)”, explicó Marcos Amarilla, Director del Registro Civil de Corrientes.

Además agregó que al finalizar esta semanal, estas personas tendrán su acta correspondiente para poder iniciar así el trámite de su nuevo Documento Nacional de Identidad. “Las personas que cambiaran su identidad, pasarán del sexo masculino al femenino”, expresó.

El trámite es gratuito y se puede hacer en la delegación del Registro más cercana al domicilio de las personas, o en la delegación donde esté asentado el nacimiento. Para ello hay que presentar un formulario que tiene carácter de declaración jurada y copias certificadas de la partida de nacimiento, con no más de diez días de expedición, y del DNI de la persona solicitante.

La ley fue promulgada a través del decreto 773/12, que llevó las firmas de la presidenta Cristina Fernández, del jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y del ministro del Interior, Florencio Randazzo.

Tal es así que el Senado convirtió en ley la iniciativa que ya contaba con la aprobación de Diputados. Lo hizo con 55 votos a favor y la sola abstención, de la justicialista chubutense Graciela Di Perna.

La ley 26.743 establece que toda persona tiene derecho "al reconocimiento de su identidad de género; al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género; y a ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada".

Con su entrada en vigor, ahora toda persona "podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida", expresa la ley.


Martes, 26 de junio de 2012

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