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RESPUESTA POSITIVA PARA UN PACIENTE CORRENTINO
El Superior Tribunal falló a favor de un joven trasplantado
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Viernes, 27 de junio de 2014

La Corte provincial le denegó al Ioscor un recurso extraordinario federal presentado por esa institución en una causa en que se ordenó cobertura. La obra social deberá pagar el transporte aéreo de un paciente que debe realizar tratamiento en el Hospital Italiano de la provincia de Buenos Aires.



La Corte Provincial le denegó al Instituto de Obra Social de Corrientes un recurso extraordinario federal presentado por la institución en una causa en la que se le había ordenado cobertura de transporte, alojamiento y pensión a un joven que recibió un trasplante hepático. Amelia Rosch confirmó a El Litoral que se trata de su hijo, Germán Montenegro, y explicó que luego de este fallo la obra social deberá pagar el transporte aéreo para que el paciente pueda realizarse los tratamientos que corresponden en la provincia de Buenos Aires.
“Germán, como cualquier trasplantado, necesita atención de por vida. Hicimos un juicio en el año 2011 al Ioscor y en la primera instancia perdimos, luego apelamos y nos favorecieron. Después el Ioscor presentó un recurso para negarle el transporte aéreo, pero ahora deberán pagar este transporte también”, comentó a El Litoral la mamá de Germán.
En estos momentos el joven que fue trasplantado a los 21 años y que hoy tiene 25, está realizando un tratamiento en Buenos Aires en el Hospital Italiano. “Ahora está teniendo unos problemitas de salud pero se está recuperando con la ayuda de los médicos de Buenos Aires”, dijo y contó que desde abril está internado.
El Ioscor está pagando el alojamiento y el tratamiento del joven, y después de este fallo también deberá abonar el transporte aéreo.
“El trasplante de él fue por mala praxis, porque él se había operado de la vesícula. En un primer momento no lo quisieron derivar y nosotros lo llevamos a Buenos Aires, donde le salvaron la vida; ahora se hace controles semanales”, relató la mujer.
Además, sostuvo que “el caso de Germán sentó precedente”. “Tenemos que agradecer a la Justicia por ocuparse de estos casos”, expresó.
En este contexto, desde el Superior Tribunal de Justicia informaron que la obra social había sido conminada en la sentencia N° 9/14 a hacerse cargo en forma inmediata de la cobertura de pasajes aéreos, alojamiento y pensión de la persona trasplantada y un acompañante. Por su parte, desde el Ioscor dijeron en su momento que el padre del joven era afiliado, no así el hijo y la madre, quienes estaban amparados por otra obra social.
En Cámara se consideró que “el carácter de afiliado del joven estaba acreditado, que en ese carácter requirió al instituto la cobertura de gastos de traslado, alojamiento y pensión; documentándolo con historias clínicas y certificado de discapacidad”. Explicaron que “el trasplantado nunca es dado de alta atento a que el tratamiento que debe cumplir es de por vida, encontrándose inmunodeprimido, y si bien su seguimiento estricto lo puede llevar a la reintegración plena y completa a la vida cotidiana, son necesarios exámenes y revisiones periódicas”.


Viernes, 27 de junio de 2014

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