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POR UN PLAZO DE 180 DIAS
La Justicia Electoral dictó la intervención al Partido Liberal
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Viernes, 31 de mayo de 2013

Luego de varias idas y venidas y tras varios enfrentamientos entre las dos principales figuras del liberalismo correntino, la Justicia Electoral decretó la intervención del partido. La orden detalla que el partido quedará bajo el mando de Miguel “Chango” Pérez.



Finalmente se dio a conocer que el Partido Liberal (PL) será intervenido. Así lo dictaminó el titular del Juzgado Federal N° 2 de Corrientes, Juan Carlos Vallejos,y de esta manera la fuerza política quedará bajo el mando del diputado provincial Miguel "Chango" Pérez. Además se detallla que el dictamen tiene un plazo de 180 días. Desde el sector que lidera Pedro Cassani manifestaron que apelarán la decisión.

Las primeras líneas de la documentación dan cuenta del plazo por un año para “depurar el padrón electoral y realizar el acto eleccionario”. Miguel “Chango” Pérez, alineado en el sector de Josefina Meabe, será el encargado de la normalización partidaria.

“Nos imaginábamos que esto iba a pasar, lo casual es que se elija a un hombre que responde al sector de Josefina Meabe de Mathó”, expresó el apoderado del PL, de la línea interna de Pedro Cassani, el doctor Rafael Morante Serneguet. Por su parte manifestó que apelarán la decisión el próximo lunes 3 de junio y anticipó que irán con el reclamo hasta el máximo órgano de la justicia.

El documento de la intervención

1)Decretar la intervención del Partido Liberal dentro del distrito federal de corrientes con y dispone en consecuencia la cesación de todos los mandatos partidarios.

2) designar interventor al Sr. Miguel Roberto Pérez quien con previa aceptación tomará el cargo con todas las formalidades de la ley

3) La intervención partidaria se extenderá por el plazo de 180 días

Y tendrá como finalidad depurar el padrón y corcovar a elecciones internas en el plazo fijado pudiendo fijar en la sede del partido liberal calle La Rioja 924 de corrientes capital

4)Hacer saber a los afiliados y ex autoridades partidarias que el Sr. interventor tiene amplias facultades inherentes a su cargo, y podrá requerir , previa solicitud al juez electoral el auxilio de la fuerza pública si así fuere necesario

5)El ser interventor deberá presentar informe de gestión en forma mensual a contar desde la fecha de posesión del cargo acto que se realizará ante el actuario

6)Habilítense horas y días inhábiles para efectuar las pertinentes notificaciones y librarse los despachos de estilo

7)Regístrese y archívese.


Viernes, 31 de mayo de 2013

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