
Será una de las novedades de los comicios legislativos. En tanto, se espera la convocatoria oficial para las elecciones provinciales.El padrón del distrito Corrientes contiene más de 730.000 electores, que deberán cumplir con su deber de votar en más de 230 escuelas, con más de 2.100 mesas.
Mientras los correntinos esperan la hora de la convocatoria oficial a las elecciones provinciales para renovar los poderes Ejecutivo y Legislativo, así como las intendencias, el cronograma y los preparativos ya están en marcha en lo que respecta a las elecciones legislativas nacionales.
En la provincia de Corrientes deberán elegirse tres diputados para el Congreso de la Nación en reemplazo de los que vencen sus mandatos: Rodolfo "Rudy" Fernández, el ruralista Lucio Aspiazú (UCR) y la médica María Elena Chieno (PJ).
El padrón del distrito Corrientes contiene más de 730.000 electores, que deberán cumplir con su deber de votar en más de 230 escuelas, esto implica más de 2.100 mesas con más de 4.000 autoridades de mesa.
La novedad política, social e incluso cultural en este año estará dada por la participación de adolescentes desde 16 años en el acto de ejercer la responsabilidad cívica de votar.
Mucho se debatió acerca de si tal "responsabilidad" existe o no en tan temprana edad de la vida social y biológica. Ante la duda sobre una respuesta exacta, los legisladores resolvieron prudentemente incluir en la Ley 26.774 (llamada "del Voto Joven") la condición de optativo a ese derecho electoral para jóvenes de 16 a 18 años de edad.
Hay que aclarar que cuando parte de esos mismos jóvenes se presenten a la versión provincial de los comicios de este año, no podrán ejercer el mismo derecho al voto. La razón es muy simple: la Provincia no adhirió a la ley nacional del "Voto Joven". El tema está bajo análisis de la Legislatura correntina.
Consultado por EL LIBERTADOR, el secretario electoral del Juzgado Federal Nº 1 de Corrientes, Carlos Rauch, ofreció una muy didáctica síntesis de los pasos legales que deben darse en el curso de las elecciones primarias en primer término y de las generales, a posteriori.
PASO A PASO
Al respecto señaló que una Ley que debe aplicarse previamente a las elecciones legislativas es la 26.571, más conocida por la sigla Paso (Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias). Se la denomina Ley de la democratización, de la representación política, la transparencia y la equidad electoral.
Para su implementación fueron necesarios cuatro decretos reglamentarios durante 2010 y otros tres a lo largo de 2011.
Entre las normas recientes que regulan la actividad electoral figura la Ley 26.744 (crea registro de infractores, padrón complementario para fuerzas de seguridad y sanciones de multas e inhabilidades).
La norma que le da marco a las elecciones primarias o Paso modificó la Ley orgánica de los partidos políticos (23.298), la de Aportes Financieros (26.215) y el Código Nacional Electoral, además de crear las Paso.
A estas elecciones se las denomina Primarias porque son previas a las generales; abiertas, porque votan afiliados e independientes (todos figuran en un padrón único); simultáneas, porque se vota en un solo acto en todo el país; y obligatorias, porque son exigibles jurídicamente (entrega de constancia de votación o troquel).
CANDIDATOS
Se eligen pre-candidatos. En esta oportunidad a diputados nacionales (a Corrientes le corresponden tres). En el orden nacional se eligen 24 senadores y 147 diputados.
Otros detalles:
- El candidato solo puede hacerlo en una sola lista y una sola categoría de cargo.
- En caso de lista única igualmente se vota.
- El piso electoral es de 1,5 por ciento del total de los votos válidos en el distrito para cada categoría de cargos y se deben sumar las de todas sus listas internas (+1,5 pasa a las Generales).
La Ley 26.571 fija las siguientes autoridades de aplicación:
- Junta Electoral Partidaria (JEP).
- Juzgado Electoral (JE).
- Cámara Nacional Electoral (CNE).
Los recursos judiciales contemplados son: revocatoria con apelación en subsidio (JEP), apelación en subsidio (JE) y apelación (Cámara Nacional Electoral -efecto devolutivo).
En cuanto a los requisitos que deben cumplir los candidatos, son los siguientes:
- Constancia de aceptación de postulación.
- Declaración jurada: debe reunir requisitos legales.
- Certificado de antecedentes.
Todo ello en papel, planilla y soporte magnético.
Los avales para sustentar candidaturas a senadores y diputados nacionales consisten en el 2 por mil del padrón del distrito o el 2 por ciento del padrón de afiliados del partido o alianza. En el caso de las candidaturas a Presidente y Vice, será el 1 por mil del padrón general, domiciliados al menos en 5 distritos o el 1 por ciento del padrón de afiliados del partido o alianza (5 distritos).
En materia de oficialización de listas se deben cumplir los siguientes pasos:
- 60 días antes las JE deben recibir las alianzas o confederaciones y convenios de adhesiones para las generales-12/06/13.
- 55 días antes-17/06/13, los partidos políticos (PP) deben presentar ante el JE la nómina de integrantes de la JEP, domicilio, reglamento electoral, día y hora de atención, página web.
- Los PP pueden pedir ante el JE la reserva del color (c/c blanco).
- La JEP debe recibir las listas de candidatos, verificar sus datos personales, antecedentes, declaraciones juradas, avales.
- La JEP debe oficializar las listas y elevar al JE, en papel y soporte magnético, y éste comunicar al Ministerio del Interior (aporte) y las listas oficializadas para que integren la JEP.
- La JEP debe oficializar las boletas y elevar en 24 horas al JE.
- El JE en audiencia pública debe oficializar los modos de boletas (fotos-candidatos).
Además, como requisito la lista debe contener: el número de candidatos igual a números de cargos-titulares y suplentes; la nómina de candidatos; respetar el cupo femenino; designar un apoderado y un responsable económico-financiero; nombre o denominación de la lista; planilla de avales; reglamento-plataforma programática; página web o medio en que publicará sus resoluciones.
Todo ello deberá constar en papel y soporte digital.
Aquí los más jóvenes aún no podrán votar
Mañana se conocerán datos del padrón provisorio para las elecciones (ver nota central). Carlos Rauch, secretario del Juzgado Electoral, confirmó la fecha. En el padrón se conocerán los números para las elecciones nacionales y provinciales. Además ratificó que, hasta el momento, la provincia no se adhiere a la ley del voto joven.
El funcionario judicial explicó que "el 30 de abril, es la fecha final del padrón provisorio, porque el Código electoral establece claramente que se formará el padrón con los datos que figuren en el registro de electores a 180 días antes de las elecciones, es justamente el 30 de abril", manifestó el doctor Rauch.
"Todas las personas que tengan documento, que se vayan al registro civil, y se registren y obtengan su documento sobre todo los jóvenes, van a poder ingresar al padrón, de lo contrario, si lo hace con posterioridad al 30 de abril, no ingresan al padrón", detalló en recientes declaraciones radiales.
"Si no hay elecciones simultáneas la provincia tiene un padrón distinto, porque se corren algunas fechas, en vez de ser el 30 de abril, vamos a suponer que las elecciones sean el 15 de septiembre, entones hay que contar 180 días para atrás, más o menos sería el 15 de mayo", agregó.
"Al no adherirse a la ley del voto joven, la 26.774, el padrón de la provincia no podrá contar con los chicos de 16 años. Hay fecha todavía, si la provincia decide adherir a esta ley, porque no hay convocatoria oficial todavía", explicó.
"La convocatoria oficialmente todavía no salió, pero el cronograma ya fue hecho por la Cámara Electoral y por el Ministerio del Interior con la fecha del 11 de agosto, para las primarias y el 27 de octubre para las nacionales, porque así lo indica la ley", indicó.
"El decreto será una cuestión de formalidad, ratificando seguramente esta fecha", señaló. "Decreto siempre hay, debe haber, porque la ley lo indica, es una cuestión formal", puntualizó.
"En 2011 llegamos a las elecciones con 600.099 electores y ahora estamos en 700.032 electores, de manera que 33.000 electores más tenemos, pero puede aumentar un poco todavía", concluyó.
Cronograma
30/04/2013: Cierre del padrón provisorio.
10/05/2013: Publicación del padrón provisorio.
13/05/2013: El Poder Ejecutivo debe convocar por decreto a las Paso (90 d/a). El Juzgado Electoral debe preparar las urnas, el listado de escuelas, capacitación del presidente de mesa, designación de los mismos y preparar lugar para el escrutinio.
12/06/13: Finaliza el plazo (60 d/a) para la presentación de alianzas o confederaciones. El artículo del Decreto 443/11 permite formular adhesiones para las generales.
17/06/13: El partido o alianza debe presentar ante el Juzgado Electoral la conformación de la Junta Electoral partidaria, su reglamento electoral, nómina de la junta, domicilio, lugar, día y hora de funcionamiento, página web, en papel y soporte magnético.
17/06/13: Los PP pueden hacer reserva de color/es ante la JE, c/c blanco.
22/06/13: Fin del plazo para la presentación de listas de candidatos ante la JEP.
22/06/13: La JEP debe oficializar las listas de candidatos, verificar datos personales, avales, declaraciones juradas, informes de antecedentes y elevar al JE en papel y soporte magnético, quien debe informar al Ministerio del Interior (aportes) y a las listas oficializadas para que agreguen a sus representantes a la JEP.
27/06/13: Último plazo para que la JEP oficialice los modelos de boletas y debe resolver dentro de las 24 horas.
29/06/13: La JEP debe presentar ante el JE las boletas oficializadas para la aprobación formal en audiencia pública con todos los partidos (artículo 62 CEN).
02/07/13: Los partidos políticos deben designar responsables políticos, económicos y financieros ante la Dine, informando el número de la cuenta bancaria única.
12/07/13: El JE debe oficializar los modelos de boletas, previa audiencia con la participación de todos los representantes de los PP.
12/07/13: Impresión del padrón definitivo.
12/07/13: Inicio de la campaña electoral hasta el 09/08/13 (48 h/a).
22/07/13: Comienza la campaña audiovisual hasta el 09/08/13 (48 h/a).
11/08/13: Acto eleccionario.
13/08/13: A partir de las 18 horas, inicio del escrutinio definitivo y culminado el mismo se comunica a la CNE (suma distritos), Dine (aportes) y las JEP para que proclamen a los ganadores (1,5%) que participarán de las elecciones generales.
31/08/13: Las listas deben presentar ante las JEP el informe financiero.
10/09/13: Los PP deben presentar informe financiero ante JE.
27/10/13: Elecciones generales.
Electores
Todos los ciudadanos de ambos sexos que figuren en el padrón electoral único, incluyendo los ciudadanos que cumplen 16 años al 27/10/13.
Emitirá un solo voto por cada categoría de candidato, pudiendo optar por distintas listas.
Se le entregará constancia de votación o troquel. En caso de no votar, sanciones: multa de 50 a 500 pesos, inhabilitaciones hasta 3 años (CEN).
El padrón contendrá fotos de los electores con documentos nuevos, troquel o constancia para los que votaron y código de barras que servirá para el registro de los que no votaron (registro de infracciones).
Padrón del distrito Corrientes: más de 730.000 electores, más de 230 escuelas, más de 2.100 mesas y más de 4.000 autoridades de mesa.
Martes, 30 de abril de 2013