Se levantó la audiencia de ayer por no estar documentada en el expediente la defunción del joven estudiante. Sigue el 14, a las 9.
El Tribunal Oral Penal Nº 1 decidió ayer suspender los alegatos y la sentencia por el crimen de Ramiro Acevedo (17) y programar otra audiencia para el viernes 14, a las 9.
La medida se adoptó por no estar acreditada con documentación la defunción del joven estudiante. Hasta en el informe de la autopsia figura que se realizó a un cuerpo NN. La ausencia de esa certificación podría ser causal de nulidad de la pena. El representante del Ministerio Público Fiscal, Carlos Lértora, cuestionó con dureza el error cometido por la subrogancia de la Fiscalía de Instrucción Nº 3 y al Juzgado de Instrucción Nº 6 al no advertir el error al momento de la elevación de la causa a juicio.
Suspensión de la audiencia
Al comenzar el debate de ayer, el presidente del TOP Nº 1, Roberto Abel Mendíaz, dispuso que por secretaría se informe de las novedades. Se dio lectura a una respuesta del Registro de las Personas ante el pedido de ese Tribunal. Se indicó que no obra en esa dependencia la documentación de la víctima para extender el certificado de defunción. También se señaló que el cuerpo se entregó a los familiares con un acta, pero no con el DNI.
Al tomar la palabra, el fiscal Carlos Lértora dijo que “por un defecto en la etapa de la instrucción del hecho se corre el riesgo de caer en la nulidad de la pena. Hasta el informe de la autopsia dice que se practicó el examen a un cuerpo NN”.
Agregó con vehemencia que “hace más de dos años que la Fiscalía de Instrucción Nº 3 se encuentra vacante y las subrogancias de los demás fiscales hacen imposible controlar tanta documentación de una causa. Es hora de regularizar esa situación. No existe en todo el expediente un acta que acredite que la víctima es Ramiro Acevedo”.
Lértora acotó que “si es necesario se debe citar al policía Alejandro Correa, que hizo entrega del cuerpo a los familiares, para que diga qué destino le dio al DNI de Ramiro Acevedo. También se podría disponer un allanamiento a la comisaría de Santa Rosa para buscar ese documento”.
A su turno, el abogado de la defensa, Guillermo Escalante dijo que “comparto las conclusiones del fiscal Lértora. Un requerimiento de elevación a juicio debe estar sujeto a las disposiciones del Código Procesal Penal, caso contrario se corre el riesgo de nulidades”.
En tanto, la abogada querellante, Guadalupe de los Santos Josurán, recordó que “en el expediente hay un acta que se confeccionó en la entrega del cadáver sin el DNI”.
El trámite
Para la próxima audiencia, el Tribunal ordenó a la secretaría que realice una serie de trámites a fin de obtener el DNI de Ramiro Daniel Acevedo para que se inicien las diligencias ante el Registro de las Personas para la confección del acta de defunción.
Sorpresa de los padres
La suspensión de los alegatos y de la sentencia sorprendió al público de la sala de audiencia.
Elba Fernández, madre de Ramiro, se sintió consternada por el hecho y en breve contacto con La República dijo que “es correcta la postura del fiscal. No entiendo cómo se llegó a esta instancia con ese error. Espero que se solucione este problema para poder avanzar con la sentencia”. Por su parte, Martín Acevedo, padre de la víctima, comentó que “en esos momentos en que fui a recibir el cuerpo de mi hijo, no puse cuidado en ese detalle de la entrega del DNI. Anímicamente no estaba en condiciones de darme cuenta del error”.
Jueves, 6 de diciembre de 2012