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LO CONSIDERÓ INCONSTITUCIONAL
Sentencia de Casación facilita la libertad de los reincidentes
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Jueves, 31 de mayo de 2012

El tribunal consideró inconstitucional impedir las excarcelaciones y benefició a un delincuente con cuatro condenas unificadas en una pena de 25 años de prisión.Por dos votos contra uno, la Cámara Nacional de Casación Penal declaró inconstitucional el artículo 14 del Código Penal que impide la libertad condicional de los delincuentes reincidentes, en un fallo en el que benefició a un hombre que tenía cuatro condenas unificadas en una pena de 25 años de prisión.El fallo fue dictado por los jueces de la Sala II de la Casación Penal Alejandro Slokar y Angela Ledesma. En disidencia votó la tercera integrante del tribunal, Ana María Figueroa.El fallo beneficia a Pablo Ezequiel Argañaraz, un delincuente condenado por diversos delitos en distintas ocasiones, con una pena unificada de 25 años, quien había planteado que negar la libertad condicional a los reincidentes violenta garantías fundamentales.




A partir de esta decisión, aquellos condenados por segunda vez con sentencia firme podrán quedar libres antes de agotar la pena tras las rejas.

Para la mayoría del Tribunal de Alzada, la agravación de la pena o de sus modalidades de ejecución por aplicación de dicho artículo, resulta inconstitucional "por su colisión con normas del magno texto (artículo 18) e instrumentos internacionales incorporados a él".

Slokar y Ledesma consideraron que “la reincidencia produce un agravamiento de la condena en violación al principio de culpabilidad”, estipulados en los artículos 18 y 19 de la Constitución Nacional.


Jueves, 31 de mayo de 2012

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