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Rechazaron el juicio abreviado para un hombre que incendió la casa de su ex pareja con la mascota adentro
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Viernes, 22 de diciembre de 2023

El perro de la hija de la mujer murió calcinado y los daños materiales fueron totales. El doctor César Sotelo fundó su objeción a la pena en suspenso al contextualizar el caso en una cuestión de género, la calidad de víctima también de la niña dueña del perro y los fuertes indicios de que el imputado cometió no solo el delito de incendio doloso sino también el de crueldad animal.



El fiscal general del Poder Judicial, doctor César Sotelo, rechazó hoy la posibilidad de acordar un juicio abreviado pleno con pena de tres años en suspenso (condicional) para un hombre de 28 años, imputado por incendiar la casa de su ex pareja con la mascota de la hija de esta dentro, hecho que provocó la pérdida total de los bienes de la mujer y que el animal muera calcinado.

El doctor Sotelo resolvió no autorizar el pedido del fiscal de Investigación Rural y Ambiental de Mercedes, doctor Gerardo Humberto Cabral con una perspectiva integral del caso y con base en al menos cuatro puntos clave:

-“Hay una cuestión de género, dado que el imputado es ex pareja de una de las víctimas, la sra. (…), a quien previamente al suceso del incendio había hostigado”.

-(…) Digo una de las víctimas porque la otra víctima es la hija de la sra. (…), quien cuenta con cuatro años de edad”

-“Entiendo que conforme constancias obrantes en el legajo, la plataforma fáctica y su calificación legal está incompleta, pues existen fuertes indicios de que el imputado no solo cometió el delito de incendio, sino también crueldad animal”.

-“Resultan más que claras las consecuencias que dejaron los actos del imputado, daños materiales, económicos y psicológicos a las víctimas (…) El hogar de la sra (…) y su hija quedó dañado y perdieron todas sus pertenencias y a un integrante de sus familias, su mascota, un ser no humano sintiente, circunstancias estas que deben ser analizadas conforme el contexto socio económico actual”.

Este acuerdo de juicio abreviado pleno –celebrado entre la Fiscalía Rural y Ambiental de Mercedes y la defensa del imputado y al que la víctima se opuso– requería la autorización del jefe del Ministerio Público porque la pena acordada era inferior a la mitad de la establecida en abstracto para la autoría material de un incendio doloso. La escala penal en esos casos va de tres a 10 años, y este acuerdo pretendió fijarla en tres años de prisión en suspenso, es decir que no irá a prisión a pesar de la condena.

La decisión del Fiscal General ordena al fiscal continuar con la investigación para poder analizar el caso desde todas las aristas que presente, no sin antes incorporar todos los resultados de medidas probatorias ordenadas. Y estriba en normativa como la Ley Nacional 25632 (Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, la Convención de “Belém dó Pará” y precedentes jurisprudenciales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como el Caso Fernández Ortega y otros vs. México. Excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas. Sentencia de 30 de agosto de 2010” y el “Caso Rosendo Cantú y otra vs. México. Excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas. Sentencia de 31 de agosto de 2010”.

EL HECHO

El 8 de octubre de este año, el imputado aprovechó que la mujer salió a trabajar y 20 minutos después de la medianoche llegó a la vivienda del barrio San Martín de Mercedes donde ella vivía con su hija y su mascota. Allí provocó un incendio intencional en el dormitorio, donde una vez extinguido el incendio fue hallado, debajo de la cama, el cuerpo calcinado de la mascota. Antes de irse, escribió con fibra un mensaje, sobre un viejo cartel que estaba en la propiedad: “Le dijimos que no se acerque tu novio y lo vimos sufre ahora que tanto amas a tu hija (sic)”.


Viernes, 22 de diciembre de 2023

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