La comprobación del estado de ebriedad en el que se encontraba la víctima permitió descartar que hubiera podido consentir libremente el acto.
La Corte provincial confirmó en la sentencia N°258/22 las condenas de 9 años de prisión para Lucas Maximiliano Almeida y Santiago Alberto Chávez y de 7 años para Cristian Gerardo Contín.
El Superior Tribunal de Justicia rechazó los recursos de casación interpuestos por las defensas de Cristian Gerardo Contín, Lucas Maximiliano Almeida y Santiago Alberto Chávez, y confirmó las penas dispuestas por el Tribunal Oral Penal N°2,hoy Tribunal de Juicio).
Los dos primeros por los delitos de abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por dos personas y el tercero abuso sexual con acceso carnal, en perjuicio de una joven.
El hecho tuvo lugar en una casa de la localidad de Caá Catí, Departamento de General Paz, el día 27 de febrero de 2017.
La comprobación del estado de ebriedad en el que se encontraba la víctima permitió descartar que hubiera podido consentir libremente el acto sexual.
En tanto que, la revelación del abuso sexual en el hospital al que fue trasladada minutos después de ocurrido el hecho despejó cualquier tipo de sospechas, por cuanto los acusados no pudieron desconocer la situación en la que se encontraba la víctima, en tanto el consumo de alcohol y el comportamiento estuvo a la vista de todos los presentes en el after.
Jueves, 22 de diciembre de 2022