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CONCEJO DELIBERANTE
Exigen informes a la Caja Municipal de Préstamos por quejas de clientes
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Martes, 3 de noviembre de 2015

El organismo deberá consignar si, entre los requisitos para acceder a créditos, se cuenta la exigencia de abonar una cuota o monto en concepto de seguro por fallecimiento del titular. Es una iniciativa del edil Gabriel Romero.




Los préstamos a largo plazo que concede la Caja Municipal de Préstamos sigue siendo motivo de reiterados pedidos de informes que se fundan en los reclamos de trabajadores municipales y son canalizados a través del Concejo.

Ahora se le pide al organismo que consigne si entre los requisitos para acceder a préstamos de largo plazo se cuenta la exigencia de abonar una cuota o monto en concepto de seguro de vida; y si esa cuota o monto de seguro de vida cubre el fallecimiento del principal obligado y del fiador o fiadores en estos préstamos.

A través de un proyecto de resolución, aprobado por el Concejo de la ciudad en su última sesión, el concejal de Libres del Sur, Gabriel Romero, pidió a sus pares acompañamiento para solicitar que, a la brevedad, la Caja Municipal informe con respecto a los préstamos de largo plazo que concede a trabajadores municipales.

En primer lugar, la caja tendrá que consignar si entre los requisitos para acceder a préstamos de largo plazo se cuenta la exigencia de abonar una cuota o monto en concepto de seguro de vida, y si esa cuota cubre el fallecimiento del principal obligado y del fiador o fiadores.

Asimismo, el organismo deberá precisar cuál es la compañía de seguros contratada para cubrir el fallecimiento de los deudores principal y fiadores; qué instrumento jurídico o acto administrativo autorizó estas prestaciones a cargo de la compañía de seguros; cuáles son los montos o cuotas que percibe la compañía de seguros para las prestaciones encargadas en caso de préstamos de largo plazo; y en caso del fallecimiento del principal obligado quién se encarga de los trámites para la cobertura del siniestro para liberar al fiador del préstamo.

La resolución se sustenta en reclamos de trabajadores municipales y considerando que los préstamos extendidos se conceden todos con fiador y además con el seguro correspondiente para responder en caso de fallecimiento del titular beneficiario del préstamo, y en qué consecuencia el fiador cubriría alguna suspensión o eventual despido del principal obligado a pagar el mutuo.

En el proyecto, Romero advertía que se registraron reclamos de trabajadores municipales que en su momento fueron fiadores de sus compañeros de trabajo que fallecieron y que la compañía de seguros por motivos que se desconocen, no se hizo cargo de cubrir el fallecimiento.
Por ende, transcurrido cierto tiempo el fiador se ve perseguido y la Caja Municipal de Préstamos le cobra el préstamo que el fallecido desde luego dejó de pagar.

En ese sentido, los concejales comprendieron que el Concejo, conforme con la carta orgánica de la Caja Municipal de Préstamos, debe velar por el correcto funcionamiento del ente financiero y crediticio de los trabajadores municipales.


Martes, 3 de noviembre de 2015

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