En el esquema a implementar se propone abreviar el tiempo de juzgamiento, “sobre todo en los delitos de condición flagrante, es decir, cuando son cometidos y aprehendidos en el acto”, explicó el letrado. Sigue el análisis en Diputados.
Juan Ramón Alegre, referente regional de la Asociación Argentina de Profesores de Derecho Procesal Penal, manifestó sus deseos de que los diputados provinciales avancen en el tratamiento de la reforma del Código Procesal Penal (CPP), cuyo expediente volvió a ser analizado la semana pasada, tras un letargo de más de un año sin novedades al respecto.
De la reunión, realizada el miércoles pasado, participaron especialistas en materia de derecho, junto a los integrantes de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General (presidida por el liberal Jorge Quintana), donde se encuentra el expediente. “Está la voluntad de continuar con el tratamiento de un tema central para el progreso de acciones tendientes a garantizar al ciudadano un proceso rápido y justo”, puntualizó Alegre.
En ese contexto, el prestigioso abogado puso de relieve la antigüedad del Código, sobre lo cual entendió que se produjeron cambios en la ciudadanía que requieren modificaciones en la norma. “Este Código que nos rige actualmente es de 1971; las exigencias de la sociedad respecto de la seguridad y los delitos son diferentes de lo que ocurre hoy”, explicitó.
A su vez, remarcó que “esta reforma pretende otorgar herramientas a los operadores del sistema para que se pueda desarrollar un proceso rápido y fundamentalmente eficiente, para que la sociedad tenga la respuesta en forma inmediata, o por lo menos razonable, del conflicto penal”.
Velocidad en el proceso
“Sabemos que hoy las víctimas de los delitos tienen pocas expectativas de que se juzgue rápidamente; pasa mucho tiempo. Entonces, este esquema propone abreviar el tiempo, sobre todo en aquellos delitos de condición flagrante, es decir, los que son cometidos y aprehendidos en el momento mismo del hecho”, expuso Alegre en declaraciones radiales. De esta manera, consideró que la velocidad en cuanto al tratamiento de delitos en materia penal es uno de los aspectos prioritarios a implementar.
“La reforma propone que en estos casos de delitos en flagrancia la investigación quede prácticamente reducida a la documentación de ese momento”, graficó Alegre. “Es como una foto instantánea que no requiere más investigación, sino que directamente tiene que pasar a la etapa de juzgamiento para recibir la sentencia, condenatoria o absolutoria, pero que se decida”, añadió.
Funciones del juez
Mediante la implementación de la reforma del CPP se pretende también determinar las funciones del juez, dado que entendidos en materia de derecho interpretan que no debe dedicarse a investigar y juzgar, sino solo a juzgar, acorde a sus funciones. “Eso requiere una pronta determinación, porque lo define la Constitución nacional a partir de 1994, y el Código Procesal nuestro sigue aún con esas falencias desde el punto de vista constitucional”, manifestó Alegre.
“Lo que se pretende es asignarle el rol de investigador a quien verdaderamente lo es (en referencia al fiscal), y que el juez sea justamente el órgano jurisdiccional que garantice en forma imparcial los derechos del ciudadano, tanto del imputado como de la víctima, lógicamente”, agregó el letrado.
Lunes, 7 de octubre de 2013