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SUBSECRETARIA DE COMERCIO Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Juan José López Desimoni: “En estos 5 meses la subsecretaria ha trabajado en defensa de los correntinos”
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Jueves, 25 de octubre de 2012


La subsecretaría defenderá en todos los ámbitos la competencia y jurisdicción provincial como autoridad de aplicación de la Provincia de Corrientes.




El Subsecretario de Comercio y Defensa del Consumidor Juan José López Desimoni, declaro sentirse orgulloso de las actividades desarrolladas desde su área en estos primero meses de gestión, “En estos 5 meses la subsecretaria ha trabajado en defensa de los correntinos a destajo, hemos dado innumerables soluciones a los consumidores de nuestra provincia y se ha actuado en prevención de nuevos conflictos”



Juan José López Desimoni resalto el trabajo de la Subsecretaria de Comercio y Defensa del Consumidor que preside y agradeció a todo el personal el esfuerzo y compromiso en post de desarrollar las actividades encomendadas por el Ministerio de Producción, Trabajo y Turismo al área; “En vísperas a la inauguración de nuestro nuevo local quiero hacer un reconto de lo actuado por la subsecretaria y confirmar a todos los correntinos el compromiso del gobierno de seguir actuando en defensa de la ley y comercio para beneficio de los consumidores”


A continuación el Subsecretario informo a los presentes en forma pormenorizada de las acciones llevadas a cabo durante la presente gestión:


Nuevo local



La subsecretaria contará con un nuevo local de atención para usuarios y consumidores que se encuentra acondicionando para una adecuada atención de las demandas de la comunidad.


El citado local se encuentra ubicado en la zona centro de la capital correntina en el área administrativa y de oficinas de gobierno, con fácil acceso para el público por diferentes medios de transporte.


Se están finalizando las tareas de adicionamiento del local, estando próxima su inauguración.


Inspecciones a Telecentros Locutorios y otros comercios



Personal de inspectores de la Subsecretaría se encuentran llevan a cabo inspecciones intensivas en diferentes establecimientos comerciales de la Ciudad de Corrientes relativas a verificar si los mismos cobran un plus o adicional por la venta de tarjetas telefónicas prepagas o por el uso de cabinas, ya que tales conductas pueden implicar transgresión a las normas de la Ley 24.240 de defensa del consumidor y determinadas regulaciones específicas dictadas por la Comisión Nacional de Comunicaciones.


Estas inspecciones se han originado en función de las numerosas denuncias y reclamos de consumidores sobre prácticas abusivas de determinados comercios en tal sentido.

A la fecha se han realizado más de 50 inspecciones por parte del cuerpo de inspectores, habiéndose labrado más de 20 actas de infracción intimando además el cese de dicha conducta. Por las infracciones detectadas se tramitan las correspondientes actuaciones administrativamente a los fines de resolver cada caso en particular.

Relevamiento de Precios de productos de la Canasta Básica Alimentaria


Prosiguiendo con la política implementada por la Subsecretaría durante la última semana del mes de septiembre y primera del mes de octubre personal del área llevó a cabo un relevamiento de precios de los principales productos componentes de la Canasta Básica Alimentaria, en supermercados, autoservicios e hipermercados de la Ciudad de Corrientes, cuya información en este momento está siendo procesada a los efectos de brindar próximamente la misma a la comunidad en forma comparativa con la del mes anterior.


El objetivo de estas tareas –implementadas por primera vez en el ámbito de comercio- es brindar información fidedigna a consumidores y usuarios, que permitan conocer la situación real de los precios vigentes en la Ciudad de Corrientes en las diferentes bocas de expendio de productos componentes de la Canasta Básica Alimentaria.


Reclamos de consumidores y usuarios



La subsecretaría tramita numerosos reclamos de consumidores y usuarios relativos a supuestos incumplimientos de la Ley 24.240 y modificatorias de Defensa del Consumidor, debiéndose destacar entre los más relevantes por el carácter masivo de la problemática los siguientes:


•Intimaciones por supuestas deudas de fideicomisos recibidos de firmas gestoras de cobranzas radicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como Mandante SA, Boston Collections SA y E Colletions SA.


•Débitos directos en cuentas de Caja de Ahorro bancarias, no autorizados por los titulares de las Cuentas.


•Incumplimiento de garantías por productos electrónicos y electro domésticos en que incurren determinadas cadenas comerciales.


•Reclamos por falta de cumplimiento de condiciones contractuales o de calidad del producto contratado, en caso de construcción de viviendas prefabricadas.


•Deficiencias en la prestación del servicio telefónico por parte de empresas prestatarias o licenciatarias de dicho servicio.


En todos los casos se llevan a cabo las correspondientes actuaciones administrativas conforme al procedimiento que dispone la Ley 24.240 y modificatorias y la Ley provincial 4.811.


La Subsecretaría ya ha dispuesto sanciones pecuniarias e incluso la aplicación de daño directo con resarcimiento a favor de los consumidores, en algunos de estos casos

Defensa de la jurisdicción y competencia provincial de la Subsecretaría de Comercio y Defensa del Consumidor como autoridad de aplicación de la Ley 24.240 y modificatorias.


Ante la masiva caída del servicio telefónico (telefonía móvil, fija y servicio de internet y datos) producido el día 12.06.0212 por las empresas prestatarias del servicio de telecomunicaciones Telecom Personal SA y Telecom Personal SA la Subsecretaría inició de oficio actuaciones administrativas en el marco de la Ley 24.240 y modificatorias a las citadas empresas. Como conclusión de las actuaciones administrativas, en las que las mencionadas empresas pudieron ejercer en plenitud su derecho de defensa, se adoptó la Disposición Nº 007/2012 del 21.08.2012 por la que se aplicaron multas a ambas empresas. Dichas sanciones fueron recurridas por el apoderado de las precitadas empresas, y la Subsecretaría de Comercio y Defensa dio traslado de las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia conforme lo prevé la ley 4.811, dando asimismo participación a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Corrientes a los efectos no solo de la defensa de la resolución sancionatoria adoptada, sino principalmente la defensa de la competencia y jurisdicción de la autoridad de aplicación provincial, que pretende ser desconocida por las empresas Telecom Argentina SA y Telecom Personal SA.


La subsecretaría defenderá en todos los ámbitos la competencia y jurisdicción provincial como autoridad de aplicación de la Provincia de Corrientes.

Proyecto de Ley reglamentaria provincial de defensa del consumidor y otras normas, con tratamiento legislativo.


El pasado miércoles 03 de Octubre de 2012 la Honorable Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el proyecto de Ley reglamentaria Provincial de Defensa del Consumidor, Lealtad Comercial y normas complementarias.


Es importante destacar que todas las bancadas acompañaron con el voto favorable este proyecto de ley, lo que demuestra claramente el consenso logrado y la importancia que le han asignado los representantes del pueblo de la provincia a esta iniciativa que viene a llenar un vacío de varias décadas en la legislación provincial.


El citado proyecto de ley ratifica enfáticamente la competencia y jurisdicción de la Provincia de Corrientes y de su autoridad de aplicación constituida, para entender en todo lo referido a la protección de los derechos de usuarios y consumidores con relación a la siguiente legislación:: Leyes Nacionales 24.240 (Defensa del Consumidor), Ley 22.802 (Lealtad Comercial), Ley 19.511 (Metrología Legal), Ley 20.680 (Abastecimiento) Ley 26.682 (Marco Regulatoria de Medicina Prepaga), Ley 25.156 (De Defensa de la Competencia), Ley 25.065 (Tarjetas de Crédito), Ley 26.020 (Régimen Regulatoria de la Industria y Comercialización de Gas Licuado de Petróleo).


Esta normativa, regula con precisión las funciones y competencias de la autoridad de aplicación provincial, determina el establecimiento de Delegaciones y la competencia de los Municipios de toda la Provincia, establece con precisión el procedimiento administrativo que deberá seguirse ante los reclamos o denuncias que presenten consumidores o usuarios o las infracciones que se detecten por actuaciones de oficio de la autoridad de aplicación, determina un procedimiento judicial sumarísimo para las actuaciones que se diriman en los estrados judiciales en relación con esta temática, fija las sanciones aplicables a quienes resulten infractores de la normativa referida al ámbito de competencia, determina la creación de determinados registros obligatorios, propende a la educación de consumidores y usuarios en esta temática y crea un fondo especial destinado a la sustentabilidad financiera para el cumplimiento de determinados objetivos que allí se establecen.


El mencionado proyecto se entiende constituirá la legislación provincial más avanzada en la materia y brindará el marco legal necesario para que la autoridad de aplicación actué en defensa de los usuarios y consumidores de la jurisdicción provincial.


El citado proyecto de ley con la media sanción otorgada por la Cámara de Diputados fue girado a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia para su consideración y eventual conversión en Ley de la Provincia de Corrientes.-.


Jueves, 25 de octubre de 2012

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