Lunes, 7 de Julio de 2025
Instagram Facebook Twitter
COMPAS DE ESPERA
Los jueces se despegaron del decreto que originó marcha de prefectos
Compartir en Facebook    Compartir este artículo en Twitter    Compartir este artículo en Linkedin    Compartir este artículo en Telegram    Compartir este artículo en WhatsApp    Imprimir esta nota
Viernes, 5 de octubre de 2012

La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional emitió un comunicado en el que dejó en claro cuál fue su intervención para regular los salarios. Hay un compás de espera.Los jueces resuelven los conflictos individuales, declaran que el pago de los adicionales no remunerativos son ilegales, establecen la doctrina para los futuros fallos, pero nunca fijan una política salarial de carácter general, ya que se trata de una atribución que corresponde a los poderes políticos del Estado Nacional. Consecuentemente, las diferencias existentes entre quienes perciben distintas remuneraciones por similares tareas, obedece exclusivamente a que algunos iniciaron reclamos judiciales y otros no lo hicieron. Tema que no ha merecido una solución general por parte del legislador.





El comunicado completo es el siguiente:

Esta Asociación considera necesario efectuar precisiones respecto de los reclamos salariales de las Fuerzas de Seguridad, que son de dominio público.

Numerosos fueron los reclamos judiciales fundados en el carácter remuneratorio de los adicionales salariales abonados por el Estado Nacional. Los jueces de todas las instancias, incluida la Corte Suprema se expidieron desde hace ya varias décadas en favor de tales pretensiones.

Esta jurisprudencia recoge principios bien conocidos en los ámbitos del derecho del trabajo y de la protección del trabajador, que resultan aplicables al caso.

Los jueces resuelven los conflictos individuales, declaran que el pago de los adicionales no remunerativos son ilegales, establecen la doctrina para los futuros fallos, pero nunca fijan una política salarial de carácter general, ya que se trata de una atribución que corresponde a los poderes políticos del Estado Nacional. Consecuentemente, las diferencias existentes entre quienes perciben distintas remuneraciones por similares tareas, obedece exclusivamente a que algunos iniciaron reclamos judiciales y otros no lo hicieron. Tema que no ha merecido una solución general por parte del legislador.

En la causa "Zanotti", la Corte Suprema corrigió distorsiones producidas en la liquidación de un caso, que conducían a resultados disvaliosos. Esta solución, aplicable sólo a un caso individual y concreto, fue extendida a todos los supuestos de modo general en virtud de la decisión adoptada por del Poder Ejecutivo Nacional.

De tal manera insistimos, no son los jueces quienes legislan de modo general, sino que tal decisión corresponde exclusivamente a los poderes políticos del Estado Nacional.


Dr. Luis María Cabral, Presidente

Dra. María L. Gómez Alonso de Díaz Cordero, Vicepresidenta

Dr. Marcelo Gallo Tagle, Secretario General


Viernes, 5 de octubre de 2012

TUS NOTICIAS CORRIENTES
Copyright ©2009 | www.TnCorrientes.com
Todos los derechos reservados

DESARROLADO POR:
www.chamigonet.com.ar
Portada | Política | Información General | Interior | Policiales | Deportes | Espectáculos | Nacionales | Internacionales

TNCorrientes.com
Redacción: redacciontncorrientes@gmail.com