A través de una resolución, el gobierno provincial sumó un requisito para las empresas que pretendan concursar en licitaciones para la edificación de viviendas. Se trata de un “certificado de no inundabilidad”.
El Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) emitió la resolución que aprueba los requisitos para emitir el certificado de no inundabilidad, que deben presentar personas físicas o jurídicas que pretendan presentarse a licitación en los proyectos de construcción de viviendas sociales.
“El certificado tiene como objeto determinar o establecer la condición de no inundabilidad de un área o predio donde se va a implantar un determinado proyecto”, determinaron desde el organismo.
En la Resolución Nº 362/17 del ICAA se establece que la emisión de dicho certificado no exime al interesado del cumplimiento de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental Nº 5.067, sus modificatorias, Decreto Reglamentario Nº 2.858/12 y Resolución ICAA Nº 366/16.
Entre otros requisitos, se solicitan ubicación de las propiedades y la presentación de documentación específica, entre la que se cuenta la partida inmobiliaria, coordenadas geográficas de los vértices de la propiedad o cualquier otro dato que permita ubicar y delimitar correctamente el terreno involucrado.
Además deberá constar si el terreno se ubica lindante a curso o cuerpo de agua; planos de relevamiento topográfico de la zona que contenga definición de cuerpos de agua cercanos (arroyos, laguna u otros) con indicación de niveles máximos registrados u observados en ellos, vinculados con el predio en estudio.
Según indicaron desde el ICAA, los requisitos de la normativa se encuentran disponibles en la página web del organismo (www.icaa.gov.ar).
Sábado, 5 de agosto de 2017