De acuerdo con los términos de la Ordenanza 1079, el ingreso a las aguas está permitido entre las 10 y las 20. Se profundizarán los controles para el respeto de la medida, así como la prohibición de ingreso con bebidas alcohólicas y elementos de vidrios o cortantes.
Para preservar la seguridad de todos, la gestión municipal de Camau Espínola profundiza los controles en las playas públicas, con normas inscriptas en la Ordenanza Nº1079. Así, se regula con especial atención el horario de ingreso al agua a partir de las 10 y hasta las 20 y la prohibición del acceso con bebidas alcohólicas, envases de vidrios y elementos cortantes.
De acuerdo con los términos de la Ordenanza N° 1079, los siete días de la semana rige el horario de 10 a 20 para el acceso al agua en las playas públicas.
En esa franja horaria se brindan todos los servicios de asistencia en salud y seguridad, como guardavidas, boyado, embarcaciones, entre otros; y asimismo se prestan servicios de sanitarios, sombrillas y paradores.
Por otra parte, en su Capítulo II, sobre las obligaciones del usuario de las playas, la Ordenanza determina en el Artículo Nº 25 la prohibición del ingreso a las playas con bebidas alcohólicas.
Idéntica prohibición rige para el acceso con envases de vidrios y/o con elementos cortantes.
El objetivo es generar un espacio seguro para una convivencia de calidad, para lo cual se realizan intensivos controles.
Miércoles, 19 de diciembre de 2012