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PARA MERCEDES
Buscan declarar Patrimonio Cultural e Histórico a Ex Estación Ferroviaria
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Miércoles, 29 de agosto de 2012

Declarar Patrimonio Cultural e Histórico a la Ex Estación del Ferrocarril Urquiza de la ciudad de Mercedes, provincia de Corrientes. De esta manera se suma a otros, como el del Teatro Cervantes de esta misma localidad aprobado días atrás.



El Diputado Provincial Juan José Fernández Affur


Detalles de mismo:

INICIATIVA: Diputado Fernández Affur. Partido Liberal.

OBJETO: DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL E HISTÓRICO LA EX

ESTACIÓN DEL FERROCARRIL URQUIZA DE LA CIUDAD DE MERCEDES,

PROVINCIA DE CORRIENTES.

elaboró un

Proyecto para

FUNDAMENTOS:

El eje central de este proyecto es reconocer un patrimonio cultural

e histórico de la ciudad de Mercedes, Provincia de Corrientes, como lo

es la ex Estación del Ferrocarril Urquiza, el cual merece la condigna atención

de los poderes del Estado y la Ciudadanía toda para el goce espiritual de las

generaciones presentes y futuras.

La historia asume un papel importante en el patrimonio cultural y en la

identidad, toda vez que nos permite conocer el transitar del hombre en el tiempo y

en el espacio. La importancia que tiene mantener permanentemente el valor que

ostentan los bienes patrimoniales que se han acumulado en las ciudades, indica

que el futuro desarrollo de las mismas debería afianzarse sobre la base cultural.

Se estima que la conservación y puesta en valor de la arquitectura

patrimonial y de las áreas de interés de Mercedes, además de constituir un medio

efectivo de carácter cultural, también podrá convertirse en un aspecto interesante

para el logro del desarrollo económico y social por vía del turismo.

En este sentido se dice que la delimitación y protección del casco histórico

de las ciudades, del área fundacional originaria y de las áreas que contribuyeron

a su evolución, son para la preservación de la memoria de los pueblos, dado que

la misma se vincula con la historia, con las formas del pasado y se expresa en el

patrimonio.

La idea de conservar el patrimonio cultural, surge por el hecho de mantener

los referentes vitales y auténticos que nos identifican, y que por lo tanto forman la

mencionada memoria colectiva de un pueblo y que actualmente por el avance de

la globalización se encuentran en peligro.

Los tres factores del desarrollo argentino fueron: los inmigrantes, los

capitales y las vías de comunicación. Así en Mercedes, sin el Ferrocarril no

hubiera aumentado la población, ni tampoco hubieran llegado esos contingentes

de inmigrantes para conformar su población. De esta manera el ferrocarril, actúo

como vía de salida de los productos y entrada de los inmigrantes favoreciendo

la instalación de nuevos poblados, unos más vinculados a las propias obras

ferroviarias y los otros como colonias agrícolas – ganaderas.

La Ex Estación del Ferrocarril Urquiza, configura el ámbito testimonial más

importante de la historia de la ciudad de Mercedes, no sólo por su carga funcional,

económica y social, sino por que posibilitó la llegada de los inmigrantes y la

entrada y salida de los productos de la zona, comunicándola con otros centros de

expansión.

Hacia 1829 el paisaje urbano fundacional constituido en primera instancia

por casas modestas de madera, fue cambiando paulatinamente por una

arquitectura de mejor factura acompañada de una arquitectura de trama, fondo

de la primera, conformando la imagen visual de la ciudad, en la cual aparecen

los edificios públicos de gobierno y religiosos alrededor de la plaza. Este cambio

se dio por la llegada del Ferrocarril, importante vía de comunicación y desarrollo,

que motivó a que una ciudad mediterránea como esta logre un auge económico

inminente a finales del siglo XIX y principios del XX.

Con la incorporación del Ferrocarril, se produce un cambio en la trama

urbana, que estimula el crecimiento de la ciudad antes concentrado alrededor de

la plaza hacia el sudoeste, con el barrio “de los ferroviarios”, caracterizado por una

imagen modesta de casas humildes, próximo a la Estación del Tren de Mercedes,

en el que hoy, aún quedan algunos vestigios, no son de construcción homogénea

pero mantienen una misma escala edilicia, separados por calles de tierra; además

gran parte de esta zona pasadas las primeras décadas el siglo XX, y con la

parálisis sufrida por el transporte ferrocarrilero, fue reconstruida en nuevos barrios,

entre ellos el conocido como “barrio militar”, con una imagen urbana totalmente

distinta, presentando una escala que también se mantiene en una sola planta,

con continuidad en el estilo de vivienda “chalet tipo californiano”, y con retiro de

fachada de la línea municipal.

La memoria humana es simbólica, conceptualiza y comunica la experiencia

al recuerdo y este se plasma en imágenes, tiene pasado, tradición e historia.

El lugar y el sitio son también simbólicos, porque tienen un punto de referencia

intelectual y organizada: “la ciudad”, con distinción del espacio público y privado.

El patrimonio es una expresión simbólica y su significación en el tiempo

cambia, pues lo vivo cambia permanentemente por eso a través de los elementos

tangibles e intangibles que se pueden conservar se construye la identidad en base

al patrimonio heredado, por lo cual solicito a mis pares acompañen este proyecto

de ley.

POR ELLO:

EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE

LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTICULO 1º: DECLARESE Patrimonio Cultural e Histórico a la Ex Estación del

Ferrocarril Urquiza de la Ciudad de Mercedes, Provincia de Corrientes, en los

términos del Artículo 2° de la Ley Nº 4047.

ARTICULO 2º: INCORPORASE al mencionado inmueble en lo establecido por el

Articulo 2º de la Ley provincial Nº 4047. Entiéndase la declaración del artículo 1º

de la presente Ley, comprensiva de todos aquellos elementos que de cualquier

manera se encuentran adheridos a su edificio y al suelo que pudieran ser de

interés para el patrimonio cultural de la Provincia.

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo.

ARTICULO 4º: REMÍTASE al Registro de Patrimonio Cultural de la Provincia de

Corrientes copia de la presente Ley para su inscripción.

ARTICULO 5º: DE FORMA.


Miércoles, 29 de agosto de 2012

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